lunes, 7 de marzo de 2011

ADMINISTRACIÓN DE EDIFICIOS ESCOLARES


Este tema es fundamental analizar detalladamente, porque los edificios escolares forman parte de la calidad educativa, el entorno donde el discente se desenvuelve es un factor de su formación, por  lo tanto; las autoridades deben prestar atención a los edificios escolares.

Un edificio es una habitación de aprendizaje para el estudiante, por lo que se debe construir de una manera segura, para no exponer en riesgo la vida de los estudiantes.
En las comunidades más arrinconadas de Guatemala no cuentan con edificios escolares que llenen los requisitos que establece la ley.

Esta es una muestra de la discriminación existente en el país, las autoridades deben prestar mayor atención a esta necesidad que todos los guatemaltecos tenemos derecho a la calidad educativa.

Analizando exhaustivamente la administración de edificios escolares, se entiende que se debe dar uso a los edificios escolares de acuerdo  a las necesidades de la población, y a las autoridades deben mantener constantemente de acuerdo al grado de deterioro.

Los centros educativos pueden prestar en usufructo a otras instancias que trabajan en la educación de las comunidades.

Ninguna autoridad educativa, puede enajenarse de los edificios escolares solo para uso personal.
Para la conservación de los edificios es fundamental coadyuvar esfuerzos de la comunidad para mantener la planta física.

El MINEDUC, es la instancia encargada de regir las normas de cuidado de los edificios escolares, esto se hace con el fin de mantener la planta física.

El MINEDUC, es la encargada de realizar un estudio exhaustiva de traslado de escolares a otro edificios, estudiando la calidad de edificios sonde se trasladaran y el interés de la población en la superación académica.

Ninguna autoridad educativa ni los estudiantes puedan prohibir el uso de  de aulas y muebles de uso común al personal y alumnos de otra escuela que funciona en el mismo edificio escolar.

Cuando en un mismo centro educativo funcionan dos  a más. El personal de los mismos podrá dar el uso necesario, sin ninguna discriminación.

Los directores nombrados por el MINEDUC. Tienen la misma jerarquía aunque de diferentes niveles. Ellos son los encargados en velar por el uso de los edificios. También, los que resuelven problemas relacionado con el uso de edificios.

Es fundamental analizar detalladamente, que los centros educativos pueden ser usados por universidades nacionales o privados.
Para el funcionamiento de centros oficiales y plan fin de semana.

Queda prohibido, la interrupción de actividades educativas por medio de actividades de otras instancias.

Mario Miguel
Gaspar Ixcayá Ratzam
Jesús Bernardino
Emilio Baldomero

8 comentarios:

  1. Les dejo la página para poder ver los demás blogs.
    tambien encontraran recursos, ayuda para el manejo de su blog, chat y pueden dejar sus comentarios..

    http://upanasantaclarasolola.blogspot.com

    Lic. Edgar Reyes

    ResponderEliminar
  2. Compañeros estudiantes, es fuindamental el conocmimiento de los centros educativos que se tiene presnete en todos los niveles, ya que através de lo que se vive en nuestro alrededor nos damos cuenta de las diversas necesidades que se tiene para poder da a los estudiantes la infraesctructura que requieren en sus comunidades. Milvia

    ResponderEliminar
  3. que medidas o sanciones recibirá un docentes que viole el artículo 9 de la ley de Admon. de edificios escolares. Porque esto suele darse con frecuencias en los edificios donde funcionan dos o mas escuelas.
    Tambien, si alguien sabe si el MINEDUC contempla una un tiempo de vida util a los edificios escolares.
    Gracias.
    Marcos

    ResponderEliminar
  4. Que pasa si un centro educativo su edificio es de dos entidades, quiere decir si una parte es de la comunidad y la otra parte esta a nombre de una persona que ni es el dueño, si no han hecho un ajuste con los demas maestros y han comprado la otra parte ¿será que esto ya peretenece al MINEDUC?

    Pdro Yojcom

    ResponderEliminar
  5. compañeros soy Pedro Yojcom mi blog es wwwpeyo.blogspot.com para que me comenten un poco

    ResponderEliminar
  6. compañeros ¿será que todos los centros educativos tienen sus propios escenarios para las actividades educativas? segun lo que dice el artículo 3 de la ley de edificios escolares.

    ResponderEliminar
  7. compañeros ¿será que todos los centros educativos tienen sus propios escenarios para las actividades educativas? segun lo que dice el artículo 3 de la ley de edificios escolares.
    PAULEÑOS

    ResponderEliminar
  8. Buena noche, ¿Cúales serían las normas que rige el Ministerio de Educación para el cuidado de los edificios escolares?

    Grupo "HERBEMI"

    ResponderEliminar